Normas contables aplicables en cada régimen establecido por la CNV: balances bajo normas contables argentinas vs NIIF. Principales diferencias.

Normas contables aplicables a cada régimen

De acuerdo al marco normativo establecido por la CNV, las entidades emisoras de acciones y obligaciones negociables deben aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).  También deben aplicar NIIF los mercados autorizados por la CNV. Por su parte, el resto de las entidades sujetas al control de la CNV, entre ellos las emisoras que califican como PYMEs, los productos de inversión colectiva, y todos los agentes de mercados de capitales, deben aplicar las normas contables profesionales argentinas (en adelante NCP) emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE).

En resumen, los marcos contables que deben aplicar los entes sujetos al control de la CNV son los siguientes:

Tipo de enteNorma aplicable
Emisoras de acciones y obligaciones negociables. Mercados autorizados.NIIF
Emisoras PYMES, productos de inversión colectiva (fondos comunes de inversión y fideicomisos), agentes de negociación, agentes de liquidación y compensación, agentes de depósito colectivo, agentes de productos de inversión colectiva, etc.NCP

Qué son las NIIF, y por qué se aplican las NIIF

Las NIIF son unas normas ampliamente aceptadas por la mayoría de los países, y muchos organismos internacionales recomiendan su adopción, entre ellos la Organización Internacional de Comisiones de Valores, con el objetivo que las compañías que coticen apliquen similares normas independientemente de su país de origen.

A lo largo de los años las NCP se fueron acercando a las NIIF, ya que a medida que la FACPCE va emitiendo nuevas normas contables, las mismas procuran estar alineadas a las NIIF.  No obstante, persisten diferencias y no es tan sencillo lograr una armonización plena.  En los siguientes párrafos procuraremos explicar las principales diferencias, y también por qué se originan estas diferencias. 

Parecidos pero diferentes

En primer lugar, el conjunto de pronunciamientos que hacen a las NIIF es muchísimo más extenso y detallado que las normas contables profesionales argentinas.  Esto se da pues para que las NIIF sean aceptadas en el mundo entero, deben contemplar infinidad de situaciones y problemáticas afines a diversos países, regiones, actividades, etc.  Dicho de otro modo, si las NIIF fueran muy genéricas o teóricas, no tendrían tanta aceptación en la mayoría de los países.

En segundo lugar, si uno parte de las NIIF y luego las compara con las NCP, se puede apreciar que las NCP no son tan diferentes a las NIIF.  A modo de ejemplo, las NIIF tienen normas específicas para instrumentos financieros (más de 200 páginas). En cambio, las NCP no tienen una normativa específica, sino que el tema es abordado en forma más general. Comparado con las 200 páginas de las NIIF, las NCP en este tema no superan las 3 páginas.  Las 3 páginas extractadas de las NCP no contradicen las NIIF (y hasta podría decirse que es un buen resumen).  Ahora bien, si uno parte de las NCP y quiere llegar a NIIF, la situación es muy diferente pues las NIIF contemplan infinidad de situaciones no previstas en las NCP.  Este mismo ejemplo se da en muchas temáticas, como reconocimiento de ingresos, combinaciones de negocio, etc.

Ventajas y desventajas de las NIIF

Ya que las NIIF son ampliamente aceptadas en el mundo entero y tienen un proceso muy robusto de emisión, la pregunta que cabe es si no sería más fácil entonces aplicar NIIF para todos los entes, o bien que las NCP procuren minimizar las diferencias con NIIF.

La respuesta es que las NIIF son mucho más complejas que las NCP, y como estamos comparando un marco contable más general (NCP) contra uno mucho más extenso (NIIF), no es que existe un listado taxativo de diferencias, sino que las diferencias dependen de cada ente, actividad, industria, etc.

Principales diferencias

Las principales diferencias observadas en la práctica se detallan a continuación.  Como se comentó precedentemente, no se trata de una enumeración exhaustiva de la totalidad de las diferencias, sino de las más comunes.

TemáticaNIIFNCP
Presentación de estados financieros
  • El formato de presentación de los estados financieros bajo NIIF es mucho más extenso. Requiere mucho mayor detalle en las notas a los estados financieros.
  • Los estados financieros principales son los estados consolidados. Los estados financieros individuales se presentan sólo si es requerido por el regulador.
  • En el orden de presentación de los estados, primero se presenta el estado de resultados y luego el patrimonial.
  • No necesariamente el patrimonio neto consolidado y el patrimonio neto de los estados contables individuales deben coincidir.
  • Las normas sobre exposición son más reducidas, con lo cual no exigen tanto detalle como las NIIF. Por ende, los estados contables son más reducidos.
  • Los estados contables principales son los estados individuales, y los estados consolidados se presentan como información complementaria.
  • En el orden de presentación de los estados básicos, primero se presenta el estado de situación patrimonial y luego el de resultados.
Utilidades integrales
  • Las NIIF prevén que muchas variaciones patrimoniales no se imputen con contrapartida a los resultados del ejercicio sino a las “utilidades integrales”.
  • Se requiere la presentación de un estado básico de utilidades integrales.
  • El estado de utilidades integrales no forma parte de los estados básicos. Tampoco son muchas las partidas que se imputan a los resultados integrales.
  • Si hay movimientos de utilidades integrales se reflejan directamente en el estado de evolución del patrimonio neto.
Consolidación
  • En caso de un grupo de entes sujeto a consolidación, el ente que presenta los estados financieros es “el grupo”, lo cual comprende a la participación mayoritaria y el interés minoritario. El interés minoritario es parte del patrimonio, lo mismo que el resultado por la participación de terceros. Se expone el patrimonio y el resultado total, discriminando cuanto corresponde a la participación mayoritaria y al interés minoritario.
  • Las normas sobre consolidación abarcan a todo tipo de entes, es decir sociedades y también vehículos de inversión como fondos y fideicomisos.
  • El ente que presenta los estados contables es la entidad controlante, con lo cual la participación de terceros y los resultados se exponen separadamente, y no integran el patrimonio y los resultados del ente.
  • Al no tener tanto detalle como las NIIF, puede que haya entes en los que la sociedad tenga influencia o interés, pero que no necesariamente deban ser consolidados.
Instrumentos financieros (activos y pasivos financieros)
  • Las NIIF prevén diferentes categorías y criterios de valuación para los instrumentos financieros. Para los activos financieros en muy pocos casos admiten la valuación al costo. Las contrapartidas pueden ser resultados o bien resultados integrales.
  • Hay criterios específicos para las previsiones por incobrabilidad.
  • Al ser más genéricas, no tienen tantas categorías de clasificación como las NIIF, más allá que las categorías entre ambas normas no coinciden.
  • No hay una normativa específica sobre previsionamiento.
Leasing (arrendamientos)
  • Esta norma entró en vigencia en 2020. El mayor cambio se produce en los arrendamientos operativos, por ejemplo, los contratos de alquiler de inmuebles, en los cuales el inquilino debe reconocer un activo por el derecho al uso del inmueble y un pasivo por las obligaciones correspondientes a todo el contrato.
  • Las cuotas que deban pagarse por el alquiler deben imputarse a los períodos en que se generen las correspondientes obligaciones, básicamente con frecuencia mensual. No se reconoce un activo por el derecho al uso, y en general el pasivo se limita a un mes de alquiler.
Reconocimiento de ingresos
  • Esta norma exige analizar los contratos con clientes que generan ingresos. Aplica principalmente a aquellos contratos que tienen diversos componentes, como por ejemplo la provisión de un bien y servicios al mismo tiempo (mantenimiento, garantías, etc.).
  • Exige separar los diversos componentes, aun cuando no estén discriminados en el precio, e imputar los ingresos en función a cada componente.
  • Al ser más genéricas, las normas no exigen separar un contrato en sus diversos componentes, con lo cual pueden darse situaciones en las que los ingresos sean registrados todos en un período, mientras que las NIIF pueden prever que una parte del contrato se impute en un período y otra en períodos diferentes.
Inventarios (bienes de cambio)
  • En general se valúan al costo o valor de mercado, el menor.
  • Permite la aplicación del costo de reposición, lo cual implica reconocer un mayor valor de los inventarios a diferencia de las NIIF.
Activos intangibles
  • En general las NIIF son más restrictivas que las NCP para admitir la activación de intangibles.
  • Permite la activación de gastos de organización y preoperativos.
Actividades especializadas
  • Las NIIF prevén normas específicas para las empresas concesionarias de servicios públicos, actividades de seguros, recursos minerales (o naturales), industria financiera, etc. Estas normas requieren criterios de valuación y exposición diferentes a la aplicación general.
  • En general no hay normas específicas por actividad o industria, salvo la actividad agropecuaria y entes pequeños, que en general están alineadas con las NIIF.